Se da nueva redacción al RIVA art.27.2.c) al objeto de adaptar las referencias normativas en él contenidas a la modificaciones habidas en el sistema tributario; en particular, al Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos (RD 1065/2007).
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