Con efectos desde el 7-5-2016, se ha aprobado en Bizkaia el modelo 603 de autoliquidación a presentar en las transmisiones patrimoniales onerosas en las que el contribuyente sea un empresario o profesional y que tengan por objeto bienes muebles adquiridos a particulares para su reventa.
Los principales puntos a destacar son los siguientes:
1) Obligados a su presentación: los sujetos pasivos que estén obligados a autoliquidar e ingresar el impuesto en la Hacienda Foral de Bizkaia, por las transmisiones patrimoniales onerosas realizadas por cualquier medio en las que el contribuyente sea un empresario o profesional. Deben tener por objeto bienes muebles adquiridos a particulares para su reventa. Se exceptúan los valores mobiliarios y medios de transporte usados no destinados a su achatarramiento.
2) Periodo de liquidación: coincide con el mes natural, por lo que la autoliquidación debe comprender de forma agregada todas las adquisiciones realizadas dentro de este período de liquidación.
3) Forma de presentación: en modelo impreso en las oficinas del Departamento de Hacienda y Finanzas, junto con la acreditación del pago previo correspondiente.
4) Plazo de presentación: la autoliquidación debe presentarse entre los días 1 y 25 del mes siguiente al correspondiente periodo de liquidación mensual.
5) Forma de pago: la deuda tributaria resultante de la autoliquidación debe ingresarse en cualquier entidad colaboradora con el Departamento de Hacienda y Finanzas.
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