Con efectos a partir del 25-1-2017, se aprueba el modelo 117.
Sus características más destacables son:
1) Forma de presentación: el modelo debe presentarse obligatoriamente por vía telemática, según los supuestos previstos en la OF Bizkaia 342/2008.
La presentación ha de regirse según lo establecido en la OF Bizkaia 4031/2003.
2) Plazo de presentación:
– declaración trimestral: debe presentarse durante los primeros 25 días naturales de los meses de abril, julio, octubre y enero, por las retenciones, ingresos a cuenta y pago a cuenta correspondan al trimestre natural inmediato anterior;
– declaración mensual (grandes empresas): debe presentarse durante los primeros 25 días naturales de cada mes (excepto julio), en relación con las retenciones, ingresos a cuenta y pago a cuenta que correspondan al mes inmediato anterior. La autoliquidación correspondiente al mes de julio, debe presentarse durante el mes de agosto y los 25 primeros días naturales del mes de septiembre inmediato posterior.
3) Lugar de presentación: debe presentarse en la sede que el Departamento de Hacienda y Finanzas tiene en Bilbao o en las oficinas centralizadas.
NOTA
Con efectos a partir del 25-1-2017 se deroga la OF Bizkaia 3797/2001 art.4 que aprobó el anterior modelo 117, así como el resto de referencias al mismo contenidas en esta Orden.
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