Con efectos a partir del 1-1-2018, se introducen novedades en las siguientes deducciones aplicables a la cuota íntegra del IRPF:
a) Deducción por alquiler de vivienda. Se eleva al 30% (anteriormente, el 25%) la deducción por alquiler de vivienda habitual para jóvenes menores de 30 años. Asimismo, se modifica a su vez el límite de la deducción que pasa a 2.400 euros (anteriormente, 2.000 euros).
b) Deducción por adquisición de vivienda habitual. Se concreta la definición de vivienda habitual en la que se establece que la vivienda que ha tenido el carácter de habitual pierde esa consideración a partir del momento en el que el contribuyente deje de residir en ella. Sin embargo, reglamentariamente, pueden establecerse excepciones a esta consideración.
c) Deducción por inversiones y otras actividades. Se incrementa a 30 años (anteriormente, 15 años) el plazo para compensar las deducciones no aplicadas por insuficiencia de cuota.
d) Deducción por inversión en microempresas, PYMES de nueva o reciente creación o innovadoras (en relación con esta materia, ver nº 1080 s. Memento Fiscal Foral 2017).
e) Deducción por inversión en Fondos europeos para el impulso de la innovación (en relación con esta materia, ver nº 1080 s. Memento Fiscal Foral 2017).
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