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Asignación de cantidades a actividades de interés general consideradas de interés social

El Estado destinará a subvencionar actividades de interés general consideradas de interés social el 0,7% de la cuota íntegra del IRPF del ejercicio 2017 correspondiente a los contribuyentes que manifiesten expresamente su voluntad en tal sentido.
La liquidación definitiva de la asignación correspondiente al ejercicio de 2017 se llevará a cabo antes del 30-4-2019, efectuándose una liquidación provisional el 30-11-2018 que posibilite la iniciación anticipada del procedimiento para la concesión de las subvenciones.
La cuantía total asignada en los presupuestos de 2017 para actividades de interés general consideradas de interés social se distribuirá aplicando los siguientes porcentajes:
– el 77,72% al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad;
– el 19,43% al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación; y
– el 2,85% al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
Estos porcentajes serán de aplicación sobre la liquidación definitiva practicada en el propio ejercicio 2017.
Las cuantías destinadas a estas subvenciones se gestionarán y se otorgarán por las Administraciones que resulten competentes, de acuerdo con el procedimiento que reglamentariamente se establezca.

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