Aplazamientos y fraccionamientos de pago

En los procedimientos de aplazamiento o fraccionamiento de pago relativos a deudas que no superen el importe de 1.000 euros, el Departamento de Recaudación va a adoptar la presunción de que el obligado cumple con los requisitos para la concesión de su solicitud, sin que sea necesario la aportación de otras pruebas o documentación.