Responsabilidad de los administradores por daño: acto contrario a la ley

Se desestima una acción individual de responsabilidad ejercitada contra un administrador social por los daños causados por el incumplimiento de la obligación de la sociedad promotora por él administrada de asegurar las cantidades entregadas a cuenta de la compra de viviendas sobre plano, y ello debido a las circunstancias concurrentes, que pusieron de relieve que el administrador no incumplió los deberes de diligencia propios del cargo: (i) contratación de una póliza colectiva por la sociedad y requerimiento del administrador a la aseguradora para la expedición de avales individuales a favor de los compradores -que no fueron entregados-; y (ii) terminación de la obra y solicitud de licencia de primera ocupación dentro del plazo previsto -aunque la licencia fuese expedida por el Ayuntamiento una vez vencido el plazo-.

Seguro de responsabilidad civil de administradores y directivos

En caso de que un seguro de responsabilidad civil de administradores pretenda excluir de cobertura la responsabilidad del administrador ante Hacienda por el impago de deudas tributarias de la sociedad, tal exclusión, en cuanto cláusula limitativa de derechos -o asimilada a ella- deber ser destacada y aceptada de forma expresa por escrito por el tomador del seguro. En caso contrario, esa cláusula se tiene por no puesta.