Recaudación de deducciones indebidamente aplicadas

Entre los recursos objeto de la recaudación de la Seguridad Social constaba el reintegro de prestaciones indebidamente compensadas y de deducciones indebidamente practicadas en los documentos de cotización. La modificación se limita a incluir el reintegro de prestaciones indebidamente compensadas y de deducciones indebidamente aplicadas, para adaptar la recaudación al nuevo sistema de liquidación directa.

Forma de pago de deudas de Seguridad Social en período voluntario

Modificación que sustituye que la entidad colaboradora que recibe el pago debe facilitar al interesado el oportuno justificante de pago remitiendo a la TGSS las documentos presentados o las referencias o códigos establecidos para cada sistema de pago (antes se recogía para los sistemas de domiciliación en cuenta y cobro por ventanilla).

Incumplimiento del aplazamiento de pago

La modificación se limita a sustituir que en caso de incumplimiento se aplica el recargo del 20% si se hubieran presentado los documentos de cotización dentro del plazo reglamentario de ingreso, o del 35%, en caso contrario; por el recargo del 20% si el sujeto responsable del pago hubiera cumplido dentro de plazo las obligaciones en materia de liquidación de cuotas, o del 35% en caso contrario.

Medidas cautelares

Las medidas cautelares pueden adoptarse cuando haya vencido el plazo reglamentario de ingreso y el responsable del pago hubiera cumplido dentro de plazo las obligaciones en materia de liquidación de cuotas establecidas (antes de la modificación se recogía que el responsable del pago hubiera presentado documentos de cotización).