Declaración de bienes y derechos situados en el extranjero
La falta de conocimiento de si el dinero, o los bienes y/o derechos en el extranjero en que se haya transformado dicho dinero, estuvieran situados en él, por parte del obligado a presentar esta declaración informativa, no le exime del deber de realizar todas las actuaciones necesarias para poder obtener dicha información, que han de ser valoradas con el fin de declarar si ha incumplido con la obligación de presentar el modelo.