Reclamación económico-administrativa en el procedimiento abreviado (RF 22/21 01 de Junio de 2021 al 07 de Junio de 2021)
Las alegaciones formuladas por el interesado con posterioridad a la presentación del escrito de interposición de la reclamación han de ser examinadas por el órgano competente para resolver, salvo que ya se hubiera dictado la resolución que pone fin al procedimiento.