Prórroga del plazo de presentación del Impuesto (RF 36/24 03 de Septiembre de 2024 al 09 de Septiembre de 2024)
Dado que la prórroga en la presentación del Impuesto implica un aplazamiento del pago del mismo, sí se devengan intereses de demora por los días transcurridos desde la finalización del plazo de seis meses para presentar la declaración del Impuesto hasta la efectiva presentación de la declaración del ISD dentro del plazo prorrogado.