Transmisiones realizadas con anterioridad a la declaración de inconstitucionalidad de la sentencia del TCo 182/2021 (RF 16/22 19 de Abril de 2022 al 25 de Abril de 2022)

En el supuesto de trasmisiones en las que se ha realizado el hecho imponible y se ha devengado el impuesto, pero en las que antes de presentarse la correspondiente liquidación o autoliquidación se dictó la sentencia del TCo 182/2021, por la que se declaró la inconstitucionalidad y nulidad de los preceptos reguladores de la base imponible del impuesto, los contribuyentes están obligados a la presentación de la declaración del impuesto, pero no están obligados al pago del mismo.