Unidades electorales

Para reformar el régimen electoral sindical en el ámbito de la Administración General del Estado se determinan las unidades electorales a efectos de constituir las juntas de personal, y se define centro de trabajo a efectos de la representación del personal laboral . En el mismo sentido se prevé el régimen aplicable al personal laboral en el exterior. Finalmente, se crea en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas el registro de órganos de representación del personal al servicio de la Administración del Estado.