Medidas adicionales en el IRPF y en el IP de Bizkaia a consecuencia del coronavirus (RF 41/20 06 de Octubre de 2020 al 12 de Octubre de 2020)
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Se declaran exentas las cantidades percibidas en concepto de ingreso mínimo vital y se exonera a los contribuyentes que desempeñan actividades económicas, a autoliquidar e ingresar el tercer pago fraccionado del año 2020.