Tipo impositivo del Impuesto sobre la Electricidad en Araba (RF 18/22 03 de Mayo de 2022 al 09 de Mayo de 2022)
Se prorroga hasta el 30-6-2022 la reducción del tipo impositivo del Impuesto Especial sobre la electricidad del 5,11269632% al 0,5%.
Se prorroga hasta el 30-6-2022 la reducción del tipo impositivo del Impuesto Especial sobre la electricidad del 5,11269632% al 0,5%.
Para adaptar la normativa foral a lo dispuesto en territorio común por el RDL 6/2022, que adopta medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania, se prorroga la aplicación del tipo reducido del IVA al suministro eléctrico.
Con efectos a partir del 28-4-2022, se aprueban el modelo 217, de autoliquidación del IS, gravamen especial sobre dividendos o participaciones en beneficios distribuidos por sociedades anónimas cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario (SOCIMI); y el modelo 237, de autoliquidación del IS, gravamen especial sobre beneficios no distribuidos por las citadas sociedades.
Se aprueba un fraccionamiento excepcional de deudas tributarias para hacer frente a la crisis por los recientes acontecimientos extraordinarios.
Se adoptan medidas tributarias en renta y sociedades destinadas a paliar los efectos adversos de la crisis en los sectores económicos más vulnerables como son las microempresas, pequeñas empresas y personas autónomas.
Se modifica la obligación de informar sobre la cesión de viviendas para uso turístico a través de la presentación periódica de una declaración informativa.
Se aprueban las modalidades y los plazos para la presentación y pago de las declaraciones del IRPF para el ejercicio 2021.
Se mantiene la obligación de presentar la declaración informativa sobre cuentas financieras cuando las personas que ostenten la titularidad o el control sobre ellas sean residentes en determinados países o jurisdicciones aun cuando no exista información concreta que comunicar y se regula la obligación de informar sobre cuentas, operaciones y activos financieros para incluir la obligación de informar sobre el valor nominal de los valores negociados, al objeto de mejorar la gestión de los tributos.
Con efectos para la presentación de las declaraciones informativas anuales correspondientes al año 2021, que se presentarán en 2022, se modifican los modelos informativos 189 y 289.
El TJUE determina que el régimen jurídico español para regular la obligación informativa de declaración de bienes y derechos situados en el extranjero, es incompatible con el derecho de la UE. En consecuencia, se introducen las adaptaciones necesarias en la normativa reguladora del IRPF, IS y en la NFGT Araba.
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