Ley de emprendedores: incentivos para la contratación de jóvenes por entidades de la economía social
En lo fundamental se reitera el contenido del RDL 4/2013 recogido en una información anterior (ver nº 1474 Memento Social 2013). De manera, que se siguen recogiendo bonificaciones, por un lado, en las cuotas empresariales para la contratación de trabajadores desempleados menores de 30 años y, por otro lado, las específicas en relación a empresas de inserción que suscriban contratos con menores de 30 años en situación de exclusión social. También, como ya se señalaba, en ambos casos se aplica supletoriamente la normativa sobre Programas de Fomento de Empleo (L 43/2006 Sección I Título I). Sin embargo, novedosamente respecto del primer tipo de bonificaciones se les aplica la disposición relativa a su aplicación en el caso de contratación a tiempo parcial (L 43/2006 art.2.7). También para este tipo de bonificaciones se mantiene la inaplicación de la norma que las excluye durante 12 meses respecto de las empresas que hayan realizado despidos improcedentes o despidos colectivos que afecten a sujetos a con contratos bonificados (L 43/2006 art.6.2).