IBI. Exención de los inmuebles destinados a enseñanza por centros acogidos a concierto educativo
El Tribunal Supremo confirma que la exención en favor de los inmuebles destinados a la enseñanza por centros docentes acogidos al régimen de concierto educativo concertado solo es aplicable cuando los sujetos pasivos del impuesto sean titulares de tales centros docentes.