Oro de inversión a efectos del impuesto durante el año 2023 (RF 47/22 22 de Noviembre de 2022 al 28 de Noviembre de 2022)
Se aprueba para el año 2023 la lista de monedas consideradas como oro de inversión a efectos del régimen especial del IVA.
Se aprueba para el año 2023 la lista de monedas consideradas como oro de inversión a efectos del régimen especial del IVA.
Se modifican diversos aspectos de los modelos de IVA 303, autoliquidación; 322 de autoliquidación mensual, modelo individual correspondiente al Régimen especial del grupo de entidades; y 390 de declaración-resumen anual.
El aprovechamiento cinegético de una finca rústica nada tiene que ver con su explotación agrícola, por lo que el arrendamiento de un monte público para esta actividad está sujeto y no exento al impuesto.
Siempre que el contrato tenga todos los datos necesarios para que la Administración pueda determinar si se cumplen los requisitos materiales para la deducción, el contrato, puede tener la consideración de factura.
Los servicios prestados para homologar y transportar el vehículo modificado para el uso de una persona con movilidad reducida, son accesorios a su adaptación, lo que conlleva que tributen al tipo reducido del 4%.
El TEAC modifica su criterio, y entiende que la comunicación realizada al deudor mediante un acta de remisión de documentos por correo, es válida a efectos de modificar la base imponible por impago.
El tipo del 5% se aplica exclusivamente a las entregas de gas natural, otras prestaciones que puedan incluirse en la factura deben facturarse al tipo general.
El tipo de recargo de equivalencia aplicable a las entregas de bienes sujetas al tipo del 5%, mientras no exista previsión legal, es el 0,50%.
Se modifica el tipo impositivo en IVA a los suministros de gas natural, briquetas, pellets y madera para leña.
Las cuotas soportadas por las prestaciones adquiridas a terceros por la sociedad de cartera para ser cedidos a sus filiales a cambio de una participación en los beneficios generales, no son deducibles, al estar relacionados con la actividad exenta de sus filiales, no tener incidencia en el precio de las operaciones sujetas y no formar parte de los gastos generales.
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