Convenio aplicable en caso de transmisión de empresa

El TJUE establece que en caso de transmisión de empresa es contrario a la norma comunitaria el derecho nacional que establezca que los convenios colectivos aprobados por la empresa cedente tras la transmisión, puedan hacerse valer frente a la empresa cesionaria cuando ésta no ha participado en la negociación de los mismos