Extinción del contrato por no superación del periodo de prueba el día que el trabajador sufre un infarto (RS 40/24 01 de Octubre de 2024 al 07 de Octubre de 2024)

Se califica como despido nulo el cese que tiene por móvil la enfermedad o condición de salud del trabajado, si bien no se trata de una nulidad objetiva, sino causal, extraña a automatismos, que requiere de suficientes indicios, no desvirtuados, que configuren un panorama de discriminación.

Aspectos a considerar en la declaración de fallido del deudor principal previa a la derivación de responsabilidad (RF 40/24 01 de Octubre de 2024 al 07 de Octubre de 2024)

La declaración de fallido del deudor principal es meramente formal cuando presente un déficit de motivación o de razonamientos, en relación con la ausencia o insuficiencia de patrimonio del obligado principal para hacer frente a la deuda tributaria, de tal magnitud que prive a dicha declaración de todo contenido material, equiparándola a su inexistencia.