Novedades en el IS de Bizkaia y Gipuzkoa en relación con las asimetrías híbridas con terceros países (RF 03/21 19 de Enero de 2021 al 25 de Enero de 2021)

Se modifica la Norma Foral del impuesto en relación con la limitación a la deducibilidad de gastos financieros, los gastos no deducibles, la no integración de rentas, la inscripción de ingresos y gastos y la deducción por doble imposición. Además, se incluye una modificación de carácter técnico en el régimen especial de UTEs.

No integración de dividendos para evitar la doble imposición en el IS de Bizkaia y Gipuzkoa (RF 03/21 19 de Enero de 2021 al 25 de Enero de 2021)

No procede la corrección de la doble imposición en relación con los dividendos y participaciones en beneficios cuya distribución dé derecho a la aplicación de una medida equivalente a la de la deducibilidad de gastos en la entidad pagadora. Tampoco procede en relación con aquellos cuyo importe deba ser entregado a otra entidad con ocasión de un contrato que verse sobre los valores de los que procedan, dando lugar a un gasto fiscalmente deducible para el contribuyente.