Requisitos de la entidad participada a efectos de la exención de las participaciones en entidades
En el supuesto de unos titulares de participaciones en una sociedad holding, que es a su vez titular de las participaciones en varias sociedades operativas que desarrollan las actividades económicas, el importe líquido mantenido en tesorería por las entidades operativas participadas debe de considerarse no afecto para la consideración o no de estas entidades como gestoras de un patrimonio.