Complemento empresarial a la pensión parcial abonada por el INSS

El CCol aplicable al jubilado parcial establecía que, si se cumplían ciertos requisitos, el ayuntamiento empleador debía abonar un complemento por la diferencia entre la pensión parcial reconocida por el INSS y el “salario real” que viniera percibiendo dicho trabajador. El TS interpreta la cláusula -utilizando diversos cánones hermenéuticos- concluyendo que ha de identificarse con el salario bruto que percibía el trabajador antes de acceder a la jubilación parcial, esto es, antes de practicarse las deducciones correspondientes a las cargas fiscales y de Seguridad Social. Rechazándose la postura del ayuntamiento que venía abonando sólo la diferencia con el salario neto.

Grabaciones y su transcripción no pueden considerarse documentos aportables en el marco de un recurso extraordinario

Las grabaciones y su transcripción, en concreto, archivos de audio presentados en un proceso penal, no pueden considerarse documentos de acuerdo con la norma procesal civil, a la que se remite la social, y que otorga un tratamiento autónomo a los medios de reproducción de la palabra, el sonido y la imagen, diferenciándolos de la prueba documental admisible.

Evaluación ambiental de planes, programas y proyectos. Baleares

Estudio de la evaluación ambiental de los planes, programas y proyectos. Derogación expresa de L Baleares 11/2006 -excepto L Baleares 11/2006 disp.adic.3ª, 4ªy 5ª-,
L Baleares 9/2010 -declaración de interés autonómico de la construcción del campo de golf de Son Bosc en Muro-, L Baleares 5/2005 art.39 bis y 39 ter y L Baleares art.44.4.

Prorrata temporis de la pensión de jubilación: cómputo de coeficientes de edad ficticia por trabajo en el interior de la mina

Para calcular la prorrata temporis, o porcentaje de la pensión teórica a cargo de España, han de computarse los coeficientes de edad ficticia o bonificación por trabajos en el interior de las minas.

Convalidación de acuerdos declarados nulos.

Admisibilidad de la regularización de acuerdos declarados nulos

Cómputo de los períodos de cotización asimilados por parto cuando la beneficiaria es extranjera en situación irregular

Si el INSS contabiliza, a efectos de reunir el periodo mínimo de cotización exigible para acceder a la pensión de incapacidad permanente, 112 días asimilados de cotización por el nacimiento de un hijo en España, cuando en ese momento la beneficiaria carecía de permiso legal de residencia, resulta inadmisible intentar, en sede de recurso de suplicación, excluir del cómputo esas cotizaciones alegándose que se incurrió en un error material de transcripción, ya que, de haberse cometido dicha equivocación, el INSS tendría que haber rectificado de oficio.