Jóvenes extranjeros, de 18 a 21 años, que fueron contratados para trabajar temporalmente en el sector agrario (RS 22/20 26 de Mayo de 2020 al 01 de Junio de 2020)

Concesión de autorización de residencia y trabajo a los jóvenes, de entre 18 y 21 años, nacionales de terceros países en situación regular, que hayan sido empleados en el sector agrario con base a las medidas urgentes en materia de empleo agrario, cuando finalice su vigencia el 30-6-2020.

Medidas en el IVA de Bizkaia a consecuencia del coronavirus (RF 22/20 26 de Mayo de 2020 al 01 de Junio de 2020)

Ante la evolución del COVID-19, se establece un tipo impositivo del 0% aplicable a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de material sanitario y se reduce al 4% el tipo aplicable a los libros, periódicos y revistas digitales. Además, se introducen cambios en el cálculo de los pagos fraccionados de la cuota trimestral del régimen simplificado y se elimina la vinculación obligatoria que durante 3 años se establece para la renuncia al régimen especial simplificado y al REAGP.

Medidas para la reactivación económica en el IS de Gipuzkoa a consecuencia del coronavirus (RF 22/20 26 de Mayo de 2020 al 01 de Junio de 2020)

Entre otras medidas, se flexibilizan y aumentan los límites máximos para la dotación de la reserva especial para la nivelación de beneficios; se crea una deducción extraordinaria por inversión en microempresas, pequeñas o medianas empresas; se fortalece la deducción de empleo; se flexibiliza la deducción por participación en la financiación de proyectos de I + D e IT; se exime del pago fraccionado de 2020 a las entidades que hayan visto reducido significativamente su volumen de operaciones y se permite amortizar de forma acelerada los elementos patrimoniales nuevos adquiridos durante 2020.

Deducción por inversión en microempresas, pequeñas y medianas empresas en el IS de Gipuzkoa a consecuencia del coronavirus (RF 22/20 26 de Mayo de 2020 al 01 de Junio de 2020)

Para fomentar el emprendimiento, se crea una deducción aplicable exclusivamente en 2020, por las cantidades invertidas en la suscripción o adquisición de acciones o participaciones en empresas que tengan la consideración de microempresas, pequeñas o medianas empresas. En realidad, se trata de tres deducciones con diferentes intensidades según la tipología de la entidad en la que se invierte. La mayor deducción es aquella que fomenta la inversión en empresas innovadoras de nueva creación.