Como regla general, la opción por la tributación conjunta o individual es irrevocable una vez finalizado el período reglamentario de presentación de la autoliquidación. No obstante, si se produce una modificación sustancial en las circunstancias que llevaron al ejercicio de una u otra opción, el contribuyente puede modificar la opción inicialmente elegida mediante la rectificación de la autoliquidación, o una declaración complementaria o en el marco de un procedimiento de comprobación, siempre y cuando dicha modificación no sea imputable al obligado tributario.
Con efectos a partir de 1-1-2023, se adoptan diferentes medidas fiscales dirigidas a la protección a la maternidad y paternidad y al fomento de la natalidad y la conciliación, que implican la modificación de diversas deducciones autonómicas y la creación de otras nuevas en este sentido.
Se declaran exentas la nuda propiedad y el derecho de usufructo vitalicio sobre las participaciones en el capital o patrimonio de entidades que detenten objetos de arte y antigüedades que hayan sido cedidos por estas entidades en depósito permanente y los terrenos y espacios naturales afectados por limitaciones medioambientales. Además, se determina la forma en que deben valorarse los seguros de vida cuando el tomador del seguro no tenga la facultad de ejercer el derecho de rescate.
Se hacen públicas las Directrices del Plan Anual de Control Tributario del año 2021, que giran en torno a cinco grandes pilares: información y asistencia; prevención de los incumplimientos, fomento del cumplimiento voluntario y prevención del fraude; investigación y actuaciones de comprobación del fraude tributario y aduanero; control del fraude en fase recaudatoria; y colaboración entre la AEAT y las Administraciones tributarias de las CC.AA.
Desde el 25-7-2019, se sustituye la deducción autonómica establecida para los contribuyentes beneficiarios de las ayudas familiares por una nueva deducción por nacimiento o adopción de hijos, de manera que el presupuesto de hecho que habilita para la aplicación de esta nueva deducción pasa de ser la percepción de prestaciones públicas por maternidad recibidas de esta Comunidad Autónoma al nacimiento o adopción de hijos.
Si existe un error en la formación de la voluntad no imputable al contribuyente y debidamente acreditado, cabe la posibilidad de modificar la opción de tributación una vez finalizado el período reglamentario de declaración.
Desde 1-1-2018, se aplica una nueva deducción a las unidades familiares formadas por residentes fiscales en Estados miembros de la UE o del Espacio Económico Europeo.
Como principales novedades, desde el 1-1-2018, se modifica la escala autonómica, se mejora el mínimo por discapacidad de descendientes y se introducen nuevas deducciones autonómicas.
Se aprueban los nuevos modelos 202 -individual- y 222 -grupo fiscal- de pagos fraccionados, cuya principal novedad es la obligación de presentar la comunicación adicional de datos para empresas con un importe neto de cifra de negocios de al menos diez millones de euros.
Se modifica el régimen de consolidación fiscal en Navarra. Entre las novedades destacan importantes cambios en el perímetro de consolidación y en la determinación de los ajustes en la base imponible.