El Tribunal Supremo establece que es posible incluir en la base de la deducción por I+D e IT, gastos de ejercicios anteriores no consignados en las autoliquidaciones correspondientes, sin necesidad de solicitar la rectificación de las autoliquidaciones de los periodos impositivos correspondientes a las deducciones no declaradas.
Con efectos 1-1-2024 se incluyen nuevos tipos de donaciones que dan derecho a la deducción, y la forma de determinar su base.
Con efectos 1-1-2024 se incrementan los porcentajes de la deducción y el límite de aplicación.
Con efectos 1-1-2024 se incrementan los porcentajes de la deducción y el límite de aplicación.
Con efectos 1-1-2024 se incrementa tanto la escala como los porcentajes para la determinación de la deducción por donativos.
Para los períodos impositivos iniciados a partir de 1-1-2023, se deflacta al tipo del 3,1% la escala autonómica, los mínimos personal y familiar y las deducciones autonómicas y los límites de renta aplicables a las mismas.
Los beneficios fiscales se siguen rigiendo por la normativa de nacimiento (foral en este caso), mientras que los ajustes extracontables revierten con arreglo a los límites y demás requisitos establecidos en la normativa de la absorbente (territorio común).
El pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad presentado contra el ISGF por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.
Se introducen modificaciones de carácter técnico y de actualización de referencias normativas ya derogadas para simplificar y poner al día la normativa tributaria. Asimismo, en el IRPF se declara exenta la ayuda de 200 euros para las personas en situación de vulnerabilidad.
Con entrada en vigor el 26-11-2023, se modifica la normativa autonómica en materia de incremento del mínimo personal y familiar y de deducciones. Entre las novedades, destaca la aprobación de dos nuevas deducciones, por nacimiento y por adopción.