Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Separación de socio por falta de reparto de dividendos (RF 17/21 27 de Abril de 2021 al 03 de Mayo de 2021)

4 
La normativa mercantil prevé la posibilidad de separación del socio cuando, transcurrido el quinto ejercicio contado desde la inscripción en el Registro Mercantil de la sociedad, este hubiera hecho constar en el acta su protesta por la insuficiencia de los dividendos reconocidos y la junta general no acuerde la distribución como dividendo de, al menos, el 25% de los beneficios obtenidos durante el ejercicio anterior que sean legalmente distribuibles, siempre que se hayan obtenido beneficios durante los tres ejercicios anteriores.Esta separación del socio tiene consecuencias fiscales, dado que se prevé una regla especial según la cual se valoran a valor de mercado los elementos patrimoniales transmitidos a los socios por su separación de la entidad.En relación con este derecho de separación, con efectos 29-4-2021 se introducen las siguientes modificaciones:a) En los casos en los que la sociedad estuviese obligada a formular cuentas consolidadas, la posibilidad de que los estatutos prevean que no se reconozca el derecho de separación.b) Actualización del listado de instituciones financieras a las que no resulta de aplicación este derecho de separación.LSC art.348 bis y disp.adic.11ª redacc RDL 7/2021 art.quinto, BOE 28-4-21; RDL 7/2021 disp.final 8ª, BOE 28-4-21

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).