Con efectos para las comunicaciones a realizar a partir de 1-1-2019, se aprueba el modelo 223 “Comunicación del Régimen de consolidación fiscal del Impuesto sobre Sociedades”. Las principales características del modelo son las siguientes:
a) Obligados a presentar el modelo: deben presentar el modelo 223 las entidades representantes de los grupos consolidados que tributan en la Comunidad Foral de Navarra:
– cuando opten por el régimen de consolidación fiscal en el IS, a efectos de comunicar el alta;
– para comunicar el acuerdo adoptado por la entidad dominante no residente en territorio español o residente sometida en tributación individual a normativa de territorio común, por el que se designe a la entidad representante del grupo fiscal;
– para comunicar las variaciones que se produzcan en la composición del grupo fiscal;
– para comunicar la renuncia a la aplicación del régimen de consolidación fiscal.
b) Forma de presentación: el modelo ha de presentarse por vía telemática, con arreglo a las condiciones y el procedimiento establecido al efecto (OF Navarra 159/2018 art.5 y 6).
El modelo puede obtenerse a través de la página web de Hacienda Tributaria de Navarra en la dirección http://www.hacienda.navarra.es.
c) Plazo de presentación: el modelo ha de presentarse dentro de los siguientes plazos:
– la comunicación del alta, con anterioridad al inicio del período impositivo en que sea de aplicación este régimen;
– la de la variación en la composición del grupo fiscal, con anterioridad a la conclusión del período impositivo en el que se produzca esa variación.
– la de baja o renuncia a la aplicación del régimen de consolidación fiscal, en el plazo de 2 meses a contar desde la finalización del último periodo impositivo en que sea de aplicación ese régimen.
La entidad representante de un grupo de consolidación fiscal existente antes del 28-12-2018, debe presentar el modelo 223 para comunicar a la Hacienda Tributaria de Navarra la composición del grupo a 31-12-2018. Esa comunicación debe presentarse antes del 30-6-2019.
d) Documentación a presentar: el modelo 223 ha de acompañarse de la documentación establecida en el Reglamento del impuesto (DF Navarra 114/2017 art.51.b).
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