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La cuantía de la pensión de jubilación activa, compatible con el trabajo por cuenta ajena, no puede ser superior al 50% del límite máximo de pensión para 2022, esto es, 1.409,59 € (2.819,18/2). Determinada la revalorización de la pensión de jubilación activa conforme a la regla anterior, si hubiera concurrencia con cualquier otra pensión pública, se aplican las normas generales previstas para los supuestos de concurrencia de pensiones.RD 65/2022 art. 3.5 y 9.3 BOE 26-1-22
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