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Tras un procedimiento en el que se notificó al deudor principal la liquidación vinculada a delito, la Administración notifica el acuerdo de declaración de responsabilidad solidaria al reclamante (LGT art.258).El TEAC recuerda que, para que la Administración tributaria pueda declarar este tipo de responsabilidad, deben cumplirse los siguientes requisitos:- Un requisito material, consistente en que se haya dictado una liquidación administrativa vinculada a un delito contra la Hacienda Pública (ver nº 13802 Memento Fiscal 2024).- Un requisito subjetivo, que se da cuando se aprecia que el declarado responsable participa como causante o colaborador en los hechos que motivan la liquidación.- Un requisito de imputabilidad, es decir, que el declarado responsable esté formalmente imputado en un proceso penal iniciado por delito contra la Hacienda Pública o condenado como consecuencia del mismo.Asimismo, recuerda que estos requisitos se entienden cumplidos cuando, tras dictarse la Liquidación Vinculada a Delito contra la Hacienda Pública, se presenta ante la Fiscalía denuncia de los hechos relativos al obligado tributario que pueden ser constitutivos de delito a los efectos de que se pueda interponer la oportuna querella ante el Juzgado correspondiente.TEAC 19-1-24EDD 2024/1908
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