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Reclasificación de elementos patrimoniales y libertad de amortización fiscal

Una entidad adquiere diversos elementos del inmovilizado material e inversiones inmobiliarias, aplicándose la libertad de amortización con mantenimiento de empleo. Debido a la aprobación de las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las empresas concesionarias de infraestructuras públicas, las inversiones en infraestructuras concesionales contabilizadas en el activo se reclasifican como activo financiero con efectos 1-1-2011 (OM EHA/3362/2010). Se plantea cómo debe efectuar la reversión de la libertad de amortización.
Partiendo de la consideración de que se cumplen todos y cada uno de los requisitos para la aplicación de la libertad de amortización con mantenimiento de empleo, la DGT considera que la reclasificación contable en activos financieros de las inversiones realizadas y libremente amortizadas no tiene ninguna incidencia en la aplicación del beneficio fiscal, ya que en el año en que se realizaron las inversiones el activo fijo tenía la consideración de inmovilizado material e inversiones inmobiliarias.
No obstante lo anterior, dado que actualmente el elemento patrimonial tiene la consideración de activo financiero, la reversión fiscal de la libertad de amortización practicada tendrá lugar con ocasión del deterioro de valor o de la baja en libros del activo financiero, ya que estos activos no son susceptibles de amortización.

NOTA
Consideramos que esta interpretación también resulta aplicable a la libertad de amortización para elementos adquiridos a partir de 2011, y derogada recientemente con efectos 31-3-2012.

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