Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Prórroga de las prestaciones extraordinarias por cese de actividad de los trabajadores autónomos afectados por la erupción volcánica de La Palma (RS 26/24 25 de Junio de 2024 al 01 de Julio de 2024)

2 
Desde el 1-7-2024 y hasta el 31-12-2024 se prorrogan:1.La prestación de cese de actividad para los trabajadores autónomos que se han visto obligados a cesar en la actividad como consecuencia directa de la erupción volcánica registrada en la zona de Cumbre Vieja de La Palma. Los trabajadores autónomos que vinieran percibiendo a 30-6-2024 las anteriores prestaciones por cese de actividad como consecuencia directa de la erupción volcánica registrada en la zona de Cumbre Vieja de La Palma (RDL 8/2023 art.76), van a seguir percibiéndolas, sin que se computen, a efectos de consumir los períodos máximos de percepción establecidos, los 6 meses de prestación de cese de actividad.2. La prestación extraordinaria por cese de actividad para los trabajadores autónomos afectados por una suspensión temporal de toda la actividad como consecuencia de los daños ocasionados por las erupciones volcánicas. Los trabajadores autónomos afectados por una suspensión temporal de toda la actividad como consecuencia de los daños ocasionados por la erupción volcánicas, que vinieran percibiendo el 31-12-2023 la equivalente prestación extraordinaria prevista anteriormente (RDL 5/2023 art.176.Dos), pueden acceder a la nueva prestación extraordinaria por cese de actividad para los trabajadores autónomos afectados por una suspensión temporal de toda la actividad, con efectos desde el 1-1-2024, siempre que se reúnan los requisitos legales.3.La prestación extraordinaria de cese de actividad para aquellos trabajadores autónomos que vean afectadas sus actividades como consecuencia de los daños ocasionados por la erupción volcánica registrada en la zona de Cumbre Vieja de La Palma. Los trabajadores autónomos que hayan visto afectada su actividad como consecuencia de los daños ocasionados por la erupción volcánica registrada en la zona de Cumbre Vieja de La Palma, que vinieran percibiendo el 31-12-2023 la equivalente prestación extraordinaria prevista anteriormente (RDL 5/2023 art.176.Tres), pueden acceder a la nueva prestación extraordinaria de cese de actividad homóloga a la anterior, con efectos desde 1-1-2024, siempre que se reúnan los requisitos legales, similares a los establecidos anteriormente.RDL 4/2024 art.36, BOE 27-6-2024

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).