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En Bizkaia se estableció mediante el DF Bizkaia 100/2020EDL 2020/37418, la obligación de cumplir con las obligaciones tributarias y de relacionarse con el departamento de Hacienda y Finanzas exclusivamente por medios telemáticos. Para los supuestos en los que esta obligatoriedad no se encontraba ya establecida, se estableció el carácter preceptivo del cumplimiento por vía telemática de las obligaciones tributarias, incluidas las formales, correspondientes a los impuestos cuyos periodos impositivos, o de liquidación o declaración, se iniciaran a partir del 1-1-2021, o que, en su caso, se devengaran desde esa fecha, siendo la obligación aplicable en relación con las obligaciones generales de suministro de información correspondientes a las operaciones realizadas a partir del 1-1-2021. No obstante lo anterior, con efectos a partir del 5-2-2021:a) Quedan eximidosde la obligatoriedad de presentación por medios telemáticos a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia, los siguientes modelos tributarios: – Modelo 210 Impuesto sobre la Renta de No Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Autoliquidación;- Modelo 211 Impuesto sobre la Renta de No Residentes. Retención en la adquisición de inmuebles a no Residentes sin establecimiento permanente. Autoliquidación;- Modelos 213 Gravamen Especial sobre Bienes Inmuebles de Entidades no Residentes. Autoliquidación;- Modelo 215 Impuesto sobre la Renta de No Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Declaración colectiva. Autoliquidación;- Modelo 650-V Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Sucesiones. Vehículos, embarcaciones y aeronaves. Autoliquidación;- Modelo 651-V Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Donaciones. Vehículos, embarcaciones y aeronaves. Autoliquidación;- Modelo 05 Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transportes. Solicitud de no sujeción, exención o reducción. – Modelo 341 Impuesto sobre el Valor Añadido. Compensación en el Régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca. Autoliquidación trimestral;- Modelo 504 Impuestos Especiales de Fabricación. Solicitud de autorización de recepción de productos del resto de la Unión Europea;- Modelo 506 Impuestos Especiales de Fabricación. Solicitud de devolución por introducción en depósito fiscal;- Modelo 507 Impuestos Especiales de Fabricación. Solicitud de devolución en el sistema de envíos garantizados;- Modelo 508 Impuestos Especiales de Fabricación. Solicitud de devolución en el sistema de ventas a distancia;- Modelo 509 Impuestos Especiales de Fabricación. Parte de incidencias;- Modelo 515 Impuesto sobre las Labores del Tabaco. Marcas fiscales. Solicitud;- Modelo 517 Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas Solicitud de marcas fiscales;- Modelo 518 Impuesto sobre el alcohol y bebidas derivadas. Declaración de trabajo;- Modelo 519 Impuesto sobre el alcohol y bebidas derivadas. Parte de incidencias en operaciones de trabajo;- Modelo 520 Impuesto sobre el alcohol y bebidas derivadas. Parte de resultado en operaciones de trabajo; – Modelo 525 Documento de acompañamiento de emergencia interno;- Modelo 551 Impuestos Especiales de Fabricación. Relación semanal de documentos de acompañamiento expedidos en circulación interna; – Modelo 565 Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte. Declaración-liquidación,- Modelo 568 Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte. Solicitud de devolución por reventa y envío de medios de transporte fuera del territorio;- Modelo 590 Impuestos Especiales de Fabricación. Solicitud de devolución por exportación o expedición;- Modelo 596 Impuesto Especial sobre el Carbón Resumen anual de operaciones realizadas;- Modelo 611 Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados Actos Jurídicos Documentados. Pago en metálico del impuesto que grava documentos negociados por entidades de crédito. Declaración resumen anual;- Modelo 616 Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Actos Jurídicos Documentados. Pago en metálico del impuesto que grava la emisión de documentos que llevan aparejada acción cambiaria o sean endosables a la orden. Declaración resumen anual; – Modelo 620 Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Compra-venta de vehículos usados. Declaración-liquidación; – Modelo 651 de autoliquidación de adquisiciones lucrativas «inter vivos» del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones;- Modelo 653 de autoliquidación de extinción del usufructo del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones;- Modelo 042-C Tasa Fiscal sobre el Juego. Casinos de juego. Declaración-Liquidación;- Modelo 043-B de autoliquidación del tributo sobre el Juego para salas de bingo;- Modelo 043-Z Impuesto sobre el Juego del Bingo. Salas de bingo. Autoliquidación;- Modelo 30-A Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Actos Jurídicos Documentados. Documentos mercantiles. Autoliquidación;- Modelo T-01 Tasa por la venta de cartones de bingo. Autoliquidación. b)No se presentarán por medios telemáticos a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia, con las excepciones y condiciones que se establecen, los siguientes modelos tributarios: – Modelo 650 de autoliquidación o declaración de adquisiciones lucrativas «mortis causa» del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, excepto en el caso de autoliquidaciones sin cuota a ingresar que además cuenten con el respaldo de un documento notarial en el que se constate la realización del hecho imponible;- Modelo 652 de autoliquidación de cantidades percibidas por contratos de seguros sobre la vida, para el caso de fallecimiento, del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, excepto cuando no exista cuota a ingresar;- Modelo 06 Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte. Declaración de exenciones y no sujeciones sin reconocimiento previo, excepto cuando sea presentado por un representante autorizado;- Modelo 576 de autoliquidación del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, excepto cuando sea presentado por un representante autorizado. Esta excepción no es de aplicación cuando el medio de transporte de que se trate haya sido previamente adquirido y matriculado en el extranjero;- Modelo 600 de autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, excepto cuando el hecho imponible declarado sea un préstamo entre particulares, así como cuando la presentación sea efectuada por la gestoría o notaría a través de la correspondiente aplicación, en virtud del tipo de documento de que se trate;- Modelo 036, únicamente cuando su presentación tenga como objeto la solicitud del NIF. OF Bizkaia 212/2021EDL 2021/2030, BOTHB 4-2-21NOTASe ha introducido una corrección de errores en la Orden Foral de cabecera al haberse advertido error en su publicación (Ce OF Bizkaia 212/2021EDL 2021/2030, BOTHB 8-2-21)
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