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A partir del 20-10-2022, con carácter obligatorio, se han de presentar por medios telemáticos las siguientes autoliquidaciones:1) Modelo 600. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.2) Modelo 610. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Pago en metálico del impuesto. Grava los documentos negociados por Entidades Colaboradoras y la emisión de documentos que lleven aparejada acción cambiaria o sean endosables a la orden.c) Modelo 620. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Transmisión de determinados medios de transporte usados.d) Modelo 630. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Pago en metálico del impuesto que grava las letras de cambio.A estos efectos, están obligados a la presentación de los citados modelos de autoliquidación del impuesto en el Registro Electrónico Tributario de esta CA los sujetos recogidos en la Orden Castilla-La Mancha 74/2022EDL 2022/12117 art.2.Orden Castilla-La Mancha 74/2022EDL 2022/12117, DOCLM 20-4-22
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