Se aprueba el modelo 199, así como los diseños físicos y lógicos para la presentación en soporte directamente legible por ordenador (OF Navarra 133/2018 Anexo único). El modelo es aplicable, por primera vez, a las declaraciones que se presenten a partir del 15-11-2018, en relación con la información correspondiente al año 2018.
Los aspectos a destacar del modelo 199 son:
a) Obligados a su presentación:
Están obligados a presentar el modelo, las entidades de crédito para comunicar a la Hacienda Tributaria de Navarra las siguientes operaciones con cheques:
– libramiento de cheques por la entidad de crédito, exceptuando los librados contra cuenta bancaria;
– pago de cheques por la entidad de crédito cuando el abono no se realice en una cuenta bancaria;
– pago de cheques librados por personas distintas y de cuantía superior a 3.000 euros, cuando el abono no se realice en una cuenta bancaria.
b) Forma de presentación: mediante soporte directamente legible por ordenador, con arreglo a lo establecido en la OF Navarra 133/2018 art.5.
c) Plazo de presentación: entre los días 1 de enero y 5 de febrero, ambos inclusive, de cada año, en relación con la información correspondiente al año natural inmediato anterior.
NOTA
Con efectos a partir del 15-11-2018 se derogan la OF Navarra 278/2001 y la OF Navarra 34/2002, en lo que al modelo 199 se refiere.
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