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Nuevo modelo de declaración en Navarra del IS y del IRNR con establecimiento permanente

Debido a que la única forma de presentación de la declaración del IS para entidades o grupos que tributan conjuntamente a la Administración navarra y el Estado cuando aplican la normativa de régimen común es el envío de un fichero por vía telemática, y la misma ha originado problemas de carácter técnico a la Administración Tributaria y a los contribuyentes, se ha considerado conveniente habilitar una nueva forma de presentación a través del formulario Web disponible en el portal Web de Navarra, cuyas principales características son:

– El modelo 320 «Impuesto sobre Sociedades de normativa distinta a la navarra» es opcional.
– La presentación debe efectuarse por vía telemática por los sujetos pasivos del IS o del IRNR correspondientes a establecimientos permanentes, así como los grupos fiscales, que de conformidad con lo dispuesto en el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, deban tributar conjuntamente a ambas Administraciones y apliquen normativa distinta a la navarra.
A estos efectos se detallan tanto las condiciones generales como el procedimiento para la presentación telemática por Internet, desde el formulario Web, de las declaraciones.
– El plazo de presentación es entre el día 1 del quinto mes y el día 25 del séptimo mes siguientes a la conclusión del periodo impositivo. No obstante, si el plazo de declaración hubiera concluido con anterioridad al vigésimo quinto día natural siguiente a la entrada en vigor de las Órdenes Forales por las que se aprueben para cada periodo impositivo los modelos S-90 y 220, pueden presentar la declaración dentro de los veinticinco días naturales siguientes a dicha entrada en vigor.
– Al tiempo de presentar su declaración se debe realizar el ingreso de la deuda tributaria resultante de la autoliquidación practicada, en cualquier entidad financiera colaboradora de la Hacienda Tributaria de Navarra. Si la autoliquidación fuera a devolver, ha de indicarse en el apartado de la declaración destinado al efecto la entidad y cuenta donde haya de abonarse la devolución.

NOTA
El plazo de presentación del modelo 320 para periodos impositivos iniciados entre el 1-1-2012 y el 31-12-2012 es entre el primer día del quinto mes y el vigésimo quinto día del séptimo mes siguientes a la conclusión del periodo impositivo.

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