Con vigencia a partir del 20-7-2017, la nueva Directiva establece medidas en relación con las siguientes cuestiones:
a) La coordinación, para hacerlas equivalentes, de las garantías que, para proteger los intereses de socios y terceros, se exigen en los Estados miembros a las sociedades definidas en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en lo relativo a:
– la constitución y el mantenimiento y modificaciones del capital de sociedades anónimas;
– la publicidad, la validez de las obligaciones contraídas y la nulidad de las sociedades por acciones y las sociedades de responsabilidad limitada.
b) Los requisitos de publicidad en relación con las sucursales constituidas en un Estado miembro por determinadas formas de sociedades sujetas a la normativa de otro Estado.
c) Las fusiones de sociedades anónimas.
d) Las fusiones transfronterizas de sociedades de capital.
e) La escisión de sociedades anónimas.
NOTA
A partir del 20-7-2017, se derogan la Dir 82/891/CEE, 89/666/CEE, 2005/56/CE, 2009/101/CE, 2011/35/UE y 2012/30/UE, sin perjuicio de las obligaciones de los Estados miembros relativas a los plazos de transposición al Derecho interno y de las fechas de aplicación de las Directivas (Dir (UE) 2017/1132 Anexo III, parte B).
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