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Con efectos desde el 8-4-2025, la Comunidad ha regulado unas reducciones propias en materia de vivienda y patrocinio a deportistas, así como las medidas relativas a las personas con especial vinculación. Como estas medidas ya fueron aprobadas, con efectos desde el 29-1-2025, por el DL Extremadura 1/2025 (ver nº 8540 Memento Fiscal 2025), únicamente nos vamos a limitar a relacionar las medidas adoptadas, así como los cambios que, en su caso, hayan sido introducidos respecto a la normativa anterior:1) Personas de especial vinculación: son las siguientes:- creación del Registro Autonómico de Personas de Especial Vinculación;- definición de persona con especial vinculación;- beneficios fiscales en las adquisiciones por causa de muerte para los causahabientes incluidos en el citado Registro.2)Reducciones propias en relación a las siguientes donaciones a descendientes:a. De cantidades destinadas a la adquisición de la primera vivienda que vaya a constituir su residencia habitual. Se incrementa el importe de la reducción. Desde el 8-4-2025, se aplica una reducción propia del 100% sobre las cantidades donadas, en los primeros 200.000 euros (hasta entonces, 180.000 euros).b. De vivienda habitual. Se incrementa el importe de la reducción. Desde el 8-4-2025, se aplica una reducción propia del 100% sobre el valor neto de adquisición de la vivienda, en los primeros 200.000 euros (hasta entonces, 180.000 euros).sobre las cantidades donadasc. De un solar o del derecho de sobreedificación destinado a la construcción de la vivienda habitual. Se incrementa el importe de la reducción. Desde el 8-4-2025, se aplica una reducción propia del 100% del valor neto de la adquisición, en los primeros 120.000 euros (hasta entonces, 100.000 euros).3) Reducción propia en las donaciones de dinero para patrocinio a deportistas.DLeg Extremadura 1/2018 art.20 bis, 20 ter, 20 quater, 21, 22, 23 y 29 redacc L Extremadura 1/2025 art.1.dos y tres, DOE 7-4-25; L Extremadura 1/2025 disp.final 3ª, DOE 7-4-25
Actualidad jurídica
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