Con efectos a partir del 9-4-2019, no dan lugar a obtención de renta para el partícipe o accionista, a efectos del IS, IRPF e IRNR, las reclasificaciones entre IIC, o entre sus compartimentos, clases o series de sus participaciones o acciones (LF Navarra 26/2016 art.96.2 y DFLeg Navarra 4/2008 art.52.2.a).
Para ello, deben cumplirse los siguientes requisitos:
– han de realizarse entre el 3-1-2018 y el 30-3-2019; y
– el único objetivo de las reclasificaciones debe ser el de dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el RDL 14/2018.
Las nuevas participaciones o acciones asignadas a los partícipes o accionistas reclasificados conservan el valor y la fecha de adquisición que tengan las participaciones o acciones a las que sustituyen.
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