La Consejería de medio ambiente y rural, políticas agrarias y territorio se estructura en los siguientes órganos directivos a los que se encomiendan las funciones, más destacadas, siguientes:
Órganos administrativos | Unidades administrativas | Competencias |
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Secretaría general | a) Jefatura superior de la Consejería después del consejero. b) Asesoramiento y régimen jurídico interno. c) Coordinación de planes y programas. d) Prestar asistencia técnica y administrativa. e) Elaborar, en su caso, estudio, informe y tramitación de disposiciones generales. | |
Dirección general de agricultura y ganadería | ||
Dirección general de política agraria comunitaria | ||
Dirección general de medio ambiente | • Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas. • Servicio de Ordenación y Gestión Forestal. • Servicio de Recursos Cinegéticos y Piscícolas. • Servicio de Prevención y Extinción de Incendios. • Servicio de Protección Ambiental. | a) Promoción, impulso, propuesta, divulgación, programación, ejecución, vigilancia y control en materia de conservación de la naturaleza y el medio ambiente, la gestión y control forestal y sus aprovechamientos, la riqueza piscícola y cinegética. b) Programación y propuesta de actuaciones en relación con las áreas naturales protegidas, la biodiversidad y los montes de gestión pública, así como la emisión de los informes preceptivos para cuantas actuaciones afecten a dichos ámbitos y las autorizaciones y concesiones que procedan. c) Planificación, coordinación, prevención, gestión, control y seguimiento de las actividades y proyectos con repercusiones en el medio ambiente. d) Evaluación ambiental estratégica de planes y programas, y la evaluación de impacto ambiental de proyectos en fase de prevención, así como su posterior control y seguimiento. e) Otorgamiento de las autorizaciones ambientales, así como el registro y verificación de las comunicaciones ambientales a que se encuentren sujetas los proyectos y actividades su control y seguimiento. La planificación, impulso, gestión, control y seguimiento de los proyectos o actividades dentro del marco del Protocolo de Kioto. f) Funciones que legalmente se atribuyan a la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio en materia de residuos, suelos contaminados, calidad del aire y protección de la atmósfera, cambio climático, protección del paisaje, así como en materia de contaminación acústica, lumínica y radiológica. g) Prevención y extinción de los incendios forestales. h) Las especialmente asignadas por el titular de la Consejería. |
Secretaría general de desarrollo rural y territorio | a) Desarrollo rural en general. b) Ejercicio de funciones atribuidas en materia de vías pecuarias. c) Reforma y desarrollo agrario incluidas la ordenación de la propiedad rústica, adquisición y redistribución de tierras. d) Redacción, dirección y supervisión de los estudios y planes que, orientados al aprovechamiento y mejora de suelos, sean propios de la actividad agropecuaria. e) Ejercicio de las funciones atribuidas en materia de caminos rurales. f) Tramitación de los procedimientos sancionadores en las materias de su competencia. | |
Dirección general de Administración local | ||
Dirección general de urbanismo y ordenación del territorio | • Servicio de urbanismo. • Servicio de ordenación del territorio. | a) Ejercicio de las funciones en materia de ordenación territorial y urbanística y de regulación del mercado del suelo. b) Asegurar el funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura. c) Las asignadas por el titular de la Consejería. |
Dirección general de transporte | Planificación y ejecución de programas de dotación de infraestructura de transportes y el ejercicio de competencias administrativas en relación con las empresas y actividades complementarias y auxiliares del transporte. | |
Dirección general de emergencias y protección civil |
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