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Momento de emitir la providencia de apremio con un recurso pendiente de resolver (RF 43/24 22 de Octubre de 2024 al 28 de Octubre de 2024)

La Administración puede dictar la providencia de apremio a partir del momento en que haya cumplido la obligación de resolver expresamente el recurso de reposición, debiéndose entender cumplida esa obligación con el intento de notificación o con la puesta a disposición de la resolución.

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