Con efectos a partir del 31-12-2014, se introducen las siguientes modificaciones en materia de exenciones en el ITP y AJD de este territorio:
a) Se incluye la exención relativa a la constitución de arrendamientos de viviendas acogidas al programa de Intermediación en el Mercado de Alquileres de Viviendas Libre ASAP.
b) Se declara la exención de los arrendamientos que disfruten del régimen de no integración de rentas en la base imponible, previsto en el régimen especial del lS de entidades con actividad calificada de arrendamiento de inmuebles, en la medida en que tengan por objeto operaciones de arrendamiento de vivienda por parte de la sociedad.
Comentarios: 0 comentarios