Con efectos a partir del 19-11-2014, se ha modificado el citado Reglamento, con la finalidad de corregir meros errores de transcripción y de referencias normativas.
Así, como consecuencia de la derogación del método de estimación objetiva, se ha suprimido lo relativo a la obligación de expedir factura y copia de esta que afectaba a los contribuyentes de este método que determinaran su rendimiento neto en función del volumen de ingresos.
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