Con entrada en vigor el 15-2-2019, se aprueban las normas para la aplicación de los siguientes medios de comprobación en el territorio de esta CA en la determinación del valor de los bienes inmuebles de naturaleza urbana a efectos del ITP y AJD e ISD:
– precios medios en el mercado;
– valor asignado para la tasación de las fincas hipotecadas en cumplimiento de los previsto en la legislación hipotecaria;
– precio, contraprestación pactada o valor declarado correspondiente a otras transmisiones del mismo bien realizadas dentro del plazo de un año desde la fecha del devengo;
– dictamen de peritos de la Administración.
Asimismo se recoge la posibilidad de que los interesados puedan solicitar a la Administración tributaria información sobre el valor a efectos fiscales de loa inmuebles de naturaleza urbana que vaya a ser objeto de adquisición o transmisión a efectos de dichos impuestos.
Los precios que resulten para cada bien se pueden consultar en el Portal Tributario de Comunidades de Castilla- La Mancha (https://tributos.jccm.es/).
NOTA
Se modifica la Orden Castilla- La Mancha 16-4-15, por el que se regula el procedimiento de presentación telemática de autoliquidaciones tributarias y la remisión de copias electrónicas de documentos notariales, así como determinadas obligaciones de suministro de información tributaria.
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