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Medidas en el IRPF a consecuencia del coronavirus (RF 18/20 28 de Abril de 2020 al 04 de Mayo de 2020)

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Como consecuencia de la situación generada por la evolución del coronavirus, se establecen varias medidas que afectan a requisitos de carácter temporal para la obtención de determinados beneficios fiscales. Por ello, a los efectos del IRPF, se declara que el periodo comprendido entre el 14-3-2020 y el 30-5-2020 no se tendrá en cuenta a efectos del cómputo del plazo para acogerse a la exención por reinversión en vivienda habitual.DLF Navarra 4/2020EDL 2020/10346 art.5, BON 4-5-20.

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