La normativa del IS prevé la emisión de informes motivados relativos al cumplimiento de requisitos científicos y tecnológicos a efectos de la aplicación e interpretación de las deducciones por actividades de I+D e IT.
Con efectos 7-11-2015, se establece la obligatoriedad de la tramitación electrónica del procedimiento de solicitud de emisión de dichos informes motivados, cuando su emisión sea competencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI), siempre que el interesado sea persona jurídica.
Como régimen transitorio, los procedimientos de tramitación de informes motivados iniciados antes del 7-11-2015 se rigen por la normativa anterior.
Asimismo se sustituye el modelo de Solicitud al Director General del CDTI de emisión de informe motivado relativo al cumplimiento de requisitos científicos y tecnológicos a efectos de la aplicación e interpretación de deducciones fiscales (RD 1432/2003 Anexo I modelo 2 redacc OM ECC/2326/2015) y se eliminan los modelos de formularios para acompañar las solicitudes dirigidas al Director General del CDTI (RD 1432/2003 Anexo II aptdo.4 derog OM ECC/2326/2015).
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