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Herramientas tecnológicas para evitar el fraude fiscal en el IS de Gipuzkoa (RF 46/20 10 de Noviembre de 2020 al 16 de Noviembre de 2020)

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Con la aprobación de la presente norma foral, se realiza un avance cualitativo en Gipuzkoa en la implementación de la estrategia de control de la tributación de las personas jurídicas, con independencia de su tamaño o volumen de operaciones, mediante la obligatoriedad del uso de medidas tecnológicas avanzadas por parte de los contribuyentes en los sistemas de facturación, lo que viene a denominarse sistema TicketBAI, las cuales resultan aplicables a partir de 1-1-2022. Así, se establece lo siguiente:a) Se establecen las obligaciones derivadas de la implantación del nuevo sistema informático que garantice la integridad, conservación, trazabilidad, inviolabilidad y remisión de los ficheros que documenten las entregas de bienes y prestaciones de servicios, denominado TicketBAI. La nueva obligación se configura y establece de manera idéntica en las normas forales del IS y del IRPF, siendo también de aplicación por remisión a los establecimientos permanentes que tributan por el IRNR (nº 2460 Memento Fiscal Foral 2020). Debe tenerse en cuenta que:- aun cuando esta obligación tiene efectos a partir de 1-1-2022, su implantación efectiva se realizará de forma progresiva, a fin de ofrecer apoyo y asistencia técnica por parte de la Diputación Foral de Gipuzkoa. Para ello, se incorpora una disposición transitoria que encomienda la fijación del calendario de implantación al desarrollo reglamentario, en función de los sectores de actividad;- para facilitar la utilización del sistema de manera previa a su implantación obligatoria, se establece un periodo comprendido entre el 1-1-2021 y la fecha de implantación obligatoria para cada contribuyente, durante el cual el contribuyente puede voluntariamente hacer uso de ese sistema sin estar sometido a su régimen sancionador ni a ningún régimen de comunicación previa a la Administración tributaria de esa utilización voluntaria o su cese.b) Dado el impacto económico que la adaptación requerida por el nuevo sistema de los terminales de facturación supone, y a fin de que el mayor número de personas se incorporen de manera voluntaria con anterioridad a la fecha de la entrada en vigor y efectos del sistema TicketBAI, se establecen incentivos fiscales de carácter temporal, en forma de deducción en la cuota (nº 2205 Memento Fiscal Foral 2020).c) Se establece un régimen sancionador de intensidad relevante, asociado a las infracciones derivadas del incumplimiento de las obligaciones establecidas (nº 2491 Memento Fiscal Foral 2020). NF Gipuzkoa 3/2020EDL 2020/35354 art.1, disp.adic.única y disp.trans.1ª, BOTHG 12-11-20

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