Con efectos a partir del 9-12-2019 y de aplicación por primera vez para la presentación de la declaración correspondiente al año 2019 a presentar en el 2020, se modifica en Gipuzkoa el modelo 198 de «Declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores». Las principales modificaciones son las siguientes:
a) En los obligados a presentar el modelo, cuando la operación consista en la transmisión de derechos de suscripción preferente, la declaración debe ser realizada por:
– la entidad depositaria de estos en España;
– en su defecto, por el intermediario financiero o fedatario público que haya intervenido en la operación.
b) Diseños físicos y lógicos para la presentación del modelo. Se añade un campo adicional “Cuentas de valores en presunción de abandono”. Esto tiene por objeto incorporar al modelo la posibilidad de identificar aquellas cuentas de las que no se haya practicado gestión alguna en el plazo de 20 años, con problemas en la identificación de los declarados, conforme a la normativa vigente en su correspondiente ámbito sectorial.
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios