Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Ganancias y pérdidas patrimoniales del IRPF en Gipuzkoa

Se modifica lo siguiente en este impuesto:
1. En cuanto a ganancias y pérdidas patrimoniales, se excluye un caso en el que hasta ahora se consideraba que no existía ganancia o pérdida patrimonial, en las transmisiones lucrativas de empresas o participaciones en favor del cónyuge, pareja de hecho, ascendientes o descendientes, cumpliendo además una serie de requisitos (NF Gipuzkoa 10/2006 art.44.2.c redacc NF 10/2012).
Asimismo ocurre lo expuesto cuando tengan lugar transmisiones de empresas o participaciones en favor de uno o varios de los trabajadores de la empresa (NF Gipuzkoa 10/2006 art.44.2.d redacc NF 10/2012).
2. El resto de modificaciones aprobadas se refieren a las adaptaciones necesarias para incluir en el texto el Impuesto sobre las Riquezas y las Grandes Fortunas en lugar del Impuesto sobre el Patrimonio.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).