Se modifican los siguientes órganos con sede en la Comunidad Autónoma de Galicia:
1.- Observatorio gallego de educación ambiental
Su composición resulta conforme al siguiente cuadro:
Presidencia | Titular de la consellería competente en materia de medio ambiente. |
Vicepresidencia | Titular del centro directivo competente en materia de patrimonio natural. |
Vocales | Propuestos por los organismos, instituciones y organización de Galicia: – vocal designado por el centro directivo competente en materia de calidad ambiental y cambio climático; – vocal designado por el centro directivo competente en materia de educación, formación profesional e innovación educativa; – vocal designado por el centro directivo competente en materia de urbanismo y ordenación del territorio; – vocal designado por la Dirección del Instituto de estudios del territorio; – vocal designado por el centro directivo competente en materia de aguas de Galicia; – vocal designado por el Centro de extensión universitaria y divulgación ambiental de Galicia; – vocal designado por la Sociedad gallega de educación ambiental; – vocal designado por la Federación ecologista gallega; – vocal designado por la Asociación para la defensa ecológica de Galicia; y – expertos (2) de reconocido prestigio en el campo de la educación ambiental. |
2.- Observatorio autonómico de los ríos de Galicia
Se crea este órgano consultivo y colegiado, adscrito a la consellería competente en materia de medio ambiente, al que corresponde el asesoramiento sobre el estado ambiental, económico-social y cultural de los ríos de la Comunidad Autónoma de Galicia, la elaboración de informes y estudios y el diagnóstico y propuesta de medidas para regular las distintas políticas autonómicas de puesta en valor de los ecosistemas fluviales de Galicia.
Sus funciones son:
• Actuar como órgano de asesoramiento, análisis y difusión de información periódica relativa a la situación para los ríos gallegos.
• Recoger y analizar información sobre las medidas y actuaciones puestas en marcha desde las diferentes instancias, públicas y privadas.
• Participar en la elaboración de los planes directores para los ríos gallegos en los que se recojan las políticas autonómicas entorno a la promoción y valorización de los ríos como elementos destacados del patrimonio natural, económico y social gallego, así como informar respecto a sus contenidos.
• Difundir la importancia de los ríos y sus entorno naturales y promover buenas prácticas en la interacción de la ciudadanía con ellos.
• Promover la colaboración entre todas las instituciones implicadas encaminada a la puesta en valor de los ríos gallegos.
• Actuar como foro de encuentro interdisciplinar.
• Elaborar informes periódicos sobre la situación y la evolución de las medidas adoptadas para la puesta en valor de los ríos gallegos.
• Realizar cuantas otras actuaciones le sean encomendadas para el mejor cumplimiento de estas funciones.
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